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¿Las empleadas del hogar pueden pensionarse?

Symplifica • Oct 05, 2022

La pensión es uno de los beneficios de seguridad social más importantes para cualquier persona, este también es el caso de las trabajadoras del hogar y nos alegra contarte que bajo el programa piloto del IMSS, ellas pueden acceder a él sin ningún problema. 


Primero lo primero, ¿Que es la pensión?


Una pensión es un beneficio económico que el IMSS paga periódicamente a un asegurado o a sus beneficiarios; siempre que reúna los requisitos que marque la ley.


Para poder pensionarse, existen dos tipos de regímenes, ¿Cuáles son?


Cada régimen se diferencia de acuerdo a la fecha en que la trabajadora comenzó sus cotizaciones ante el IMSS:


  1. Régimen de 1973: Si comenzó a cotizar antes del 1° de julio de 1997.
  2. Régimen de 1997: Si comenzó a cotizar a partir del 1° de julio de 1997.


¿Qué tipo de pensiones existen y cuáles son los requisitos para acceder a cada una de ellas?

 

1. Pensión de vejez


Beneficio económico destinado para adultos mayores con la intención de cuidar su salud y de que puedan disfrutar de una vejez plena. 


Los requisitos para poder acceder a ella son:


Bajo el régimen de la Ley del Seguro Social 1973:


  • Tener 65 años al momento de presentar su solicitud de pensión.
  • Haberse dado de baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
  • Tener registradas 500 semanas de cotización.
  • Haber cotizado antes del 1 de julio de 1997.
  • Encontrarse dentro del período de conservación de derechos, que será igual a la cuarta parte del tiempo cubierto por sus cotizaciones semanales, contando a partir de la fecha de su baja.


Bajo el Régimen de la Ley del Seguro Social 1997:


  • Tener 65 años al momento de presentar su solicitud de pensión.
  • Haberse dado de baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
  • Tener registradas 1,250 semanas de cotización.


2. Pensión de retiro anticipado


Esta es una alternativa para pensionarse antes de cumplir los 60 años, siempre y cuando la trabajadora cuente con los recursos suficientes en su cuenta individual para contratar una renta vitalicia con una aseguradora y que el monto de la pensión calculada sea mayor en un 30% a la que el gobierno garantiza. 


Los requisitos para acceder a ella son: 


  • Haberse dado de baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social
  • Tener registradas 1,250 semanas de cotización.


3. Pensión en cesantía de edad avanzada


Similar a la pensión de vejez, sin embargo, en esta el asegurado puede empezar a recibir el apoyo económico desde los 60 años. 


Los requisitos para poder acceder a ella son:


Bajo el régimen de la Ley del Seguro Social 1973:


  • Tener 60 años al momento de presentar su solicitud de pensión.
  • Haberse dado de baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
  • Tener registradas 500 semanas de cotización.
  • Haber cotizado antes del 1 de julio de 1997.
  • Encontrarse dentro del período de conservación de derechos, que será igual a la cuarta parte del tiempo cubierto por sus cotizaciones semanales, contando a partir de la fecha de su baja.


Bajo el Régimen de la Ley del Seguro Social 1997:


  • Tener 60 años al momento de presentar su solicitud de pensión.
  • Haberse dado de baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
  • Tener registradas 1,250 semanas de cotización.


Aunque existen otros tipos de pensiones que no son tan comunes como la de invalidez y vida o incapacidad permanente, los requisitos para que una trabajadora pueda acceder a ellas tienen más que ver con siniestros que puedan ocurrir, pronto haremos un artículo contándote más a detalle acerca de ellas.


El tema de las pensiones puede parecer confuso, sin embargo, nuestro deber es compartirte esta información valiosa de una manera mucho más entendible y práctica, esperamos haber logrado nuestro objetivo.


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