Llegó diciembre y con él, la remuneración del aguinaldo para todos los trabajadores mexicanos.
Queremos orientarte acerca de:
El aguinaldo es una prestación de ley OBLIGATORIA que corresponde al pago de mínimo 15 días de salario si tiene un año trabajado, en caso de tener menos tiempo laborando, se calculará de manera proporcional.
Si, el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo obliga a los patrones a remunerar con una parte proporcional del salario a sus trabajadores para final de año, incluyendo a las empleadas del hogar.
A continuación te compartimos dos ejemplos.
Debes cumplir con la remuneración del aguinaldo máximo el 20 de diciembre.
Así es, los patrones que incumplan con el pago del aguinaldo, lo otorguen incompleto o de forma tardía, pueden hacerse acreedores a una multa que va de 18 mil 260 y 365 mil 200 pesos. Por lo que te recomendamos asegurarte de realizar el pago en el tiempo y de la forma correcta.
¡BONUS EXTRA! Solucionamos para ti otras dudas frecuentes que hemos identificado:
Esta prestación está considerada por la ley laboral vigente como un ingreso para el empleado del hogar, por lo que está sujeto al pago de ISR y será obligatorio para el empleador hacer el cálculo y retener el impuesto correspondiente, con excepción de los casos en los que la gratificación sea inferior al monto equivalente a 30 días de salario mínimo.
No, el aguinaldo debe pagarse en efectivo y con la moneda en curso legal, no está permitido hacerlo en mercancías, vales, fichas o cualquier otro signo representativo con que se pretenda sustituir la moneda.
Adicional, tal como lo mencionamos en el punto anterior, los gastos o costos que originen estos medios alternativos de pago serán cubiertos por el patrón.
Esperamos que con este artículo, tus dudas hayan quedado resueltas. Si aún necesitas ayuda puedes apoyarte de nuestra gratuita para calcular el aguinaldo de tu empleada, visita la calculadora de aguinaldo aquí.
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